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Normativa aduanera de Ruanda

Es importante conocer la normativa aduanera antes de viajar a Ruanda para evitar problemas legales y posibles multas. Como sabe, la normativa aduanera depende en gran medida del país. Antes de viajar a (o desde) Ruanda, asegúrese de comprobar las franquicias y los límites de los siguientes artículos:

  • Alcohol y tabaco
  • Moneda
  • Medicamentos (especialmente los que contienen drogas)
  • Animales
  • Artefactos culturales
  • Plantas, frutas, verduras y otros productos agrícolas

Compruebe la información que figura a continuación para asegurarse de que cumple la normativa aduanera de Ruanda.

Normativa sobre importación en Ruanda

Franquicia Aduanera

Límite de tabaco

  • Restringido a viajeros mayores de 18 años;
  • 250 gramos en total de cualquier producto de tabaco.

Alcohol que se puede llevar

Restringido a viajeros mayores de 18 años. Uno de los siguientes:

  • 1 litro de licores;
  • o 2 litros de vino.

Otros bienes

  • Perfume y eau de toilette hasta 500mL, de los cuales 125mL pueden ser perfume.
  • Bienes personales hasta el valor de RF500,000.

Artículos prohibidos

Las siguientes son mercancías que no pueden ser ingresadas al país.

  • Moneda y mercancías falsificadas.
  • Medios pornográficos y obscenos.
  • Cerillas fabricadas con fósforo blanco.
  • Cualquier artículo elaborado sin la debida autorización que lleve la insignia heráldica o el escudo de armas de un estado asociado.
  • Bebidas destiladas que contengan aceites esenciales o productos químicos nocivos para la salud.
  • Estupefacientes bajo fiscalización internacional.
  • Residuos peligrosos y su eliminación.
  • Cualquier producto que contenga mercurio.
  • Neumáticos usados para vehículos comerciales ligeros y turismos.
  • Algunos productos químicos agrícolas e industriales.

Aduana restricciones

Estos productos están estrictamente regulados y, en la mayoría de los casos, requieren la obtención de un permiso antes de la llegada:

  • Las máquinas de franqueo postal requieren un permiso otorgado por una autoridad competente.
  • Las trampas capaces de matar o capturar animales de caza requieren un permiso por escrito.
  • Metales preciosos en bruto y piedras preciosas.
  • Armas y municiones especificadas en el Capítulo 93 de la Nomenclatura Aduanera.
  • Osseína y huesos tratados con ácido.
  • Los demás huesos y cuernos: núcleos en bruto, desgrasados, simplemente preparados y desperdicios de estos productos.
  • Marfil de elefante en bruto o simplemente preparado pero sin cortar en forma determinada.
  • Dientes de hipopótamo, en bruto o simplemente preparados, pero sin cortar en forma determinada.
  • Los demás marfiles, en bruto o simplemente preparados, pero cortados en forma determinada.
  • Marfil en polvo y desperdicios.
  • Caparazón de tortuga, ballena y pelo de ballena, cuernos, astas, pezuñas, uñas, garras y picos, en bruto o simplemente preparados, pero sin cortar en forma determinada, polvo y desperdicios de estos productos.
  • Coral y materias similares, en bruto o simplemente preparados, pero sin trabajar de otro modo, conchas de melazas, crustáceos o equinodermos y huesos de ganado, en bruto o simplemente preparados, pero sin cortar en forma determinada. Polvo y desperdicios.
  • Esponjas naturales de origen animal.
  • Elementos combustibles irradiados y gastados de reactores nucleares.
  • Marfil trabajado y manufacturas de marfil.
  • Sustancias degradantes del ozono.
  • Productos genéticamente modificados.
  • Especies no autóctonas de peces o huevos de progenie.
  • Medicamentos psicotrópicos bajo fiscalización internacional.
  • Artefactos históricos.
  • Miras telescópicas u otros dispositivos ópticos adecuados para usar con brazos.
  • Arcos, flechas, floretes o juguetes del Capítulo 95 de la Nomenclatura Aduanera.
  • Piezas de colección o antigüedades armas y municiones.
  • Los animales, plantas y sus productos derivados en peligro de extinción protegidos por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies en Peligro de Extinción (CITES) pueden requerir permisos de especies protegidas.
  • Las mascotas están sujetas a ciertos requisitos de importación.

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