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Normativa aduanera de Grecia

Es importante conocer la normativa aduanera antes de viajar a Grecia para evitar problemas legales y posibles multas. Como sabe, la normativa aduanera depende en gran medida del país. Antes de viajar a (o desde) Grecia, asegúrese de comprobar las franquicias y los límites de los siguientes artículos:

  • Alcohol y tabaco
  • Moneda
  • Medicamentos (especialmente los que contienen drogas)
  • Animales
  • Artefactos culturales
  • Plantas, frutas, verduras y otros productos agrícolas

Compruebe la información que figura a continuación para asegurarse de que cumple la normativa aduanera de Grecia.

Normativa sobre importación en Grecia

Franquicia Aduanera

Cuando viaje dentro de la UE

No hay límites en la cantidad de alcohol y tabaco que un viajero puede traer dentro de la UE. Los bienes deben ser para uso personal o como regalo y deben haber pagado impuestos y tasas en el país de la UE donde fueron adquiridos. Los funcionarios de aduanas pueden exigir prueba de intención si se importa más de todo lo siguiente.

Límite de tabaco

  • Restringido a viajeros mayores de 17 años;
  • 800 cigarrillos;
  • 400 puritos (máx. 3 g cada uno);
  • 200 puros;
  • 1 kg de tabaco para fumar.

Alcohol que se puede llevar

  • Restringido a viajeros mayores de 17 años;
  • 10 litros de bebidas espirituosas superiores al 22%;
  • 20 litros de bebidas alcohólicas, que no sean vino ni cerveza, con un volumen inferior al 22 %;
  • 90 litros de vino (con un máximo de 60 litros de vino espumoso);
  • 110 litros de cerveza.

Al viajar desde fuera de la UE

Si ingresa a la UE desde el exterior, un pasajero puede traer bienes libres de IVA e impuestos especiales para uso personal dentro de los límites establecidos a continuación. Lo mismo se aplica si proviene de las Islas Canarias, las Islas del Canal, Gibraltar u otros territorios donde no se aplican las normas de la UE sobre el IVA.

Límite de tabaco

Restringido a viajeros mayores de 17 años. Uno de los siguientes:

  • 40 cigarrillos;
  • 20 cigarros;
  • 10 puros;
  • 50 g de tabaco para fumar;
  • o una combinación proporcional de estos bienes (como 20 cigarrillos y 10 puritos).

Restringido a viajeros mayores de 17 años que viajen por vía aérea o marítima. Uno de los siguientes:

  • 200 cigarrillos;
  • 100 cigarros;
  • 50 puros;
  • 250 g de tabaco para fumar;
  • o una combinación proporcional de estos bienes (como 100 cigarrillos y 50 puritos).

Alcohol que se puede llevar

Restringido a viajeros mayores de 18 años. Uno de los siguientes:

  • 1 litro que exceda el 22% de volumen de alcohol;
  • o 2 litros hasta 22% de volumen de alcohol.

Además, los dos siguientes:

  • 4 litros de vino tranquilo;
  • y 16 litros de cerveza.

Límite de efectivo

  • No existen restricciones a la importación de divisas a la UE.
  • Los fondos de más de 10.000 € deben declararse a las autoridades aduaneras.

Otros bienes libres de impuestos

  • Medicamentos para uso personal. Es posible que se solicite a los viajeros que proporcionen una receta para ciertos medicamentos.
  • Objetos personales de carácter no comercial por valor de hasta 430 € cuando se viaja por aire o mar.
  • Objetos personales de carácter no comercial por valor de hasta 300 € en viajes por tierra.
  • Artículos personales de carácter no comercial por valor de hasta 150 € para viajeros menores de 15 años.

Artículos prohibidos

Las siguientes son mercancías que no pueden ser ingresadas al país.

  • Moneda y mercancías falsificadas.

Se ha actualizado la información: .