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Normativa aduanera de Belice

Es importante conocer la normativa aduanera antes de viajar a Belice para evitar problemas legales y posibles multas. Como sabe, la normativa aduanera depende en gran medida del país. Antes de viajar a (o desde) Belice, asegúrese de comprobar las franquicias y los límites de los siguientes artículos:

  • Alcohol y tabaco
  • Moneda
  • Medicamentos (especialmente los que contienen drogas)
  • Animales
  • Artefactos culturales
  • Plantas, frutas, verduras y otros productos agrícolas

Compruebe la información que figura a continuación para asegurarse de que cumple la normativa aduanera de Belice.

Normativa sobre importación en Belice

Franquicia Aduanera

Límite de tabaco

Restringido a viajeros mayores de 18 años. Uno de los siguientes:

  • 200 cigarrillos;
  • 50 puros;
  • o 250 gramos de tabaco.

Alcohol que se puede llevar

  • Restringido a viajeros mayores de 18 años;
  • 1 litro de licor o vino.

Límite de efectivo

  • No existen restricciones a la importación de divisas a Belice.
  • Los fondos superiores a BZ$10.000 deben declararse mediante un Informe de Importación de Divisas.

Otros bienes

  • Las importaciones de países dentro del Mercado Común del Caribe (Caricom) están exentas del pago de derechos de importación siempre que el importador presente un Certificado de Origen del país dentro del Mercado Común que certifique que los bienes fueron producidos dentro de la región del mercado común.
  • Los bienes por un valor de BZ$200 para uso personal o regalos se pueden comprar hasta un total de BZ$600 por familia.

Artículos prohibidos

Las siguientes son mercancías que no pueden ser ingresadas al país.

  • Animales o sus productos derivados que están prohibidos por el Ministro bajo la Ley de Animales (Enfermedades e Importación) para prevenir la introducción y propagación de enfermedades.
  • Mercancías falsificadas, o placas o dispositivos para fabricar mercancías falsificadas.
  • Productos alimenticios destinados a alimentos que no son aptos para el consumo humano.
  • Literatura impresa, fotografías, videos o cualquier otro medio que, a juicio del Ministro, sea contrario al interés público.
  • Moneda falsificada.
  • Sellos ficticios, o instrumentos capaces de hacer sellos ficticios.
  • Cualquier pistola u otro aparato en forma de bolígrafo o lápiz capaz de disparar cartuchos.
  • Oro o plata en cualquier forma que tenga marcas de ensayo pero que estén por debajo del estándar indicado por las marcas.
  • Medios indecentes u obscenos.
  • Cuchillos capaces de liberarse automáticamente, como nombres de movimiento y cuchillos de gravedad.
  • Pesticidas enumerados en el Cuarto Anexo de la Ley de Control de Pesticidas.
  • Pipas u otros utensilios destinados al consumo de opio.
  • Drogas y sustancias psicotrópicas peligrosas, tal como se definen y prohíben en la Ley sobre el Uso Indebido de Drogas.
  • Cualquier otra mercancía cuya importación esté prohibida por cualquier ley o reglamento.
  • Ciertas sustancias que agotan la capa de ozono.

Aduana restricciones

Estos bienes están estrictamente regulados y en la mayoría de los casos requieren la obtención de un permiso antes de la llegada.

  • Animales vivos, incluidas las mascotas.
  • Los antibióticos deben ser de una empresa farmacéutica aprobada por el Ministro.
  • Se restringe la importación de antigüedades y artefactos que tengan valor o interés arqueológico, excepto con una licencia por escrito otorgada por el Ministro.
  • Cualquier aparato o parte del mismo para la transmisión por ondas de radio, excepto con un permiso otorgado por Belize Telecommunications Limited o por un titular de licencia autorizado por la Compañía para tratar con dicho aparato en el curso del comercio o negocio.
  • Cualquier mercancía que tenga un diseño de imitación de cualquier moneda, excepto con el permiso del Banco Central de Belice.
  • Abejas, miel o existencias de apicultores, excepto con el permiso previo por escrito del Jefe de Agricultura.
  • Cualquier moneda, banco u otros bienes cuya importación esté prohibida por la Parte IV de las Regulaciones de Control de Cambio, excepto con el permiso de la Autoridad Competente.
  • Todas las armas de fuego y municiones (con la excepción de los bienes mencionados a continuación) requieren una licencia otorgada por el Comisionado de Policía.
  • Los tipos de armas militares, navales o de guerra aérea requieren un permiso por escrito del Director Ejecutivo al Ministerio de Defensa.
  • Esencias aromatizantes que, a juicio del Contralor de Aduanas e Impuestos Especiales, puedan mezclarse con aguardiente, whisky o ginebra, salvo que dichas esencias se importen para mezclar en depósito fiscal.
  • La pólvora y otros explosivos requieren una licencia otorgada por el Ministro.
  • Las hierbas o plantas que se van a usar como droga o medicamento requieren el permiso por escrito del Director de Servicios de Salud.
  • Drogas medicinales peligrosas tal como se definen en la Ley de Uso Indebido de Drogas excepto bajo y de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en la Autorización de Importación otorgada en el formulario prescrito por el Director de Servicios de Salud.
  • Los pesticidas enumerados en el Anexo Segundo y Tercero de la Ley de Control de Pesticidas requieren una licencia de la Junta de Control de Pesticidas.
  • Plantas o frutos a menos que vayan acompañados de un certificado de planta.
  • Las plantas, animales, organismos vegetales y artículos similares a plantas o animales que puedan causar infección o que puedan prohibir el crecimiento de las plantas deben ir acompañados de un permiso por escrito del Comité de Cuarentena Vegetal/Director de Agricultura.
  • Armas diseñadas para la descarga de líquidos o gases nocivos excepto con la autorización del Ministro.
  • Todos los animales que no sean los que se mantienen en un estado domesticado requieren una licencia emitida en virtud de la Ley de Protección de la Vida Silvestre.
  • Cualquier otra mercancía cuya importación esté restringida por alguna ley o reglamento, como el Reglamento de Control de Importaciones, excepto cuando se ajuste a las restricciones, condiciones, leyes y/u otros requisitos establecidos en dicha ley o reglamento.
  • Las máquinas de juego requieren un permiso otorgado por el Ministro.
  • Los gases que agotan la capa de ozono requieren una licencia emitida por el Departamento de Medio Ambiente.
  • Todas las plantas vivas, los productos alimenticios, incluidas frutas y verduras, los productos derivados de plantas, como la madera, y los alimentos para animales requieren permisos del Ministerio de Agricultura y Pesca.
  • Las mascotas requieren permisos de la Autoridad de Sanidad Agrícola de Belice.

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