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Normativa aduanera de Albania

Es importante conocer la normativa aduanera antes de viajar a Albania para evitar problemas legales y posibles multas. Como sabe, la normativa aduanera depende en gran medida del país. Antes de viajar a (o desde) Albania, asegúrese de comprobar las franquicias y los límites de los siguientes artículos:

  • Alcohol y tabaco
  • Moneda
  • Medicamentos (especialmente los que contienen drogas)
  • Animales
  • Artefactos culturales
  • Plantas, frutas, verduras y otros productos agrícolas

Compruebe la información que figura a continuación para asegurarse de que cumple la normativa aduanera de Albania.

Normativa sobre importación en Albania

Franquicia Aduanera

Límite de tabaco

Todo lo siguiente:

  • 200 cigarrillos;
  • 100 cigarros;
  • 50 puros;
  • y 250 gramos de tabaco.

Alcohol que se puede llevar

Todo lo siguiente:

  • 1 litro de aguardiente (superior al 22% de volumen de alcohol);
  • 2 litros de licores y ciertas bebidas a base de vino, como vinos espumosos y aperitivos (que no excedan el 22% de volumen de alcohol);
  • 2 litros de vinos tranquilos;
  • 10 litros de cerveza.

Otros bienes

  • Mercancías hasta un valor de 430 € para pasajeros de 15 años o más.
  • Mercancías hasta un valor de 150 € para pasajeros menores de 15 años.
  • 3 kg de café.

Artículos prohibidos

Las siguientes son mercancías que no pueden ser ingresadas al país.

  • Sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
  • Mercancías falsificadas o pirateadas.

Aduana restricciones

Estos productos están estrictamente regulados y, en la mayoría de los casos, requieren la obtención de un permiso antes de la llegada.

  • Bienes del patrimonio cultural y obras de arte.
  • Las armas de fuego requieren una autorización temporal expedida por el órgano competente de la Policía del Estado.
  • Los artículos militares y las tecnologías de doble uso están sujetos a la obtención de licencias por parte de la Autoridad Estatal de Control de las Exportaciones.
  • Los animales, plantas y sus productos derivados en peligro de extinción protegidos por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies en Peligro de Extinción (CITES) pueden requerir permisos de especies protegidas.
  • Cualquier moneda o metal precioso o gemas con un valor superior a TODOS 1.000.000 debe ser declarada y se deben presentar los documentos que justifiquen su propósito.

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